LA JUSTICIA SOBRESEYO A UNA MUJER QUE TENIA MARIHUANA PARA CONSUMIR COMO ANALGESICO
La imputada había sido procesada dos veces por la jueza Servini de Cubría por tenencia simple de 90 gramos de cannabis. En cambio, la Cámara Federal consideró que, si bien la sustancia no fue prescripta por ningún médico, contribuía a calmar los dolores crónicos que padecía y concluyó que la tenencia es “penalmente irrelevante”.
Por Eduardo Videla
La tenencia de marihuana para un consumo vinculado con la salud de quien la posee, aunque no tenga prescripción médica y siempre que no involucre a terceros, no es un delito. Así lo resolvió la Cámara Federal porteña, al sobreseer a una mujer a la que se le secuestró cannabis destinado –según logró acreditar– al uso terapéutico. El fallo revoca el procesamiento por tenencia simple –un delito penado con prisión de uno a seis años– que había dictado contra la acusada la jueza federal María Servini de Cubría. La resolución de la Cámara no se pronuncia sobre las propiedades medicinales de la hierba, pero admite que si el consumo contribuye a que la persona pueda calmar los dolores crónicos que padece, es legítimo, siempre que no afecte la salud pública.
El fallo está en la misma línea de otro pronunciamiento de la misma Cámara, dictado hace un año, que considera no punible la tenencia de drogas para el consumo personal (la Ley 23.737 fija para esos casos penas de dos meses a un año de prisión) si es que se produce en el ámbito privado y no constituye proselitismo o riesgo para terceros. Con ese criterio, inaugura una tendencia que va en contra de la jurisprudencia de la Corte con mayoría automática, que en 1990, con el caso Montalvo, convalidó la represión de la tenencia de estupefacientes, sea cual fuere su finalidad.
Ahora, el nuevo fallo –al que tuvo acceso Página/12– introduce un nuevo elemento: los conceptos de salud individual y salud pública, y el derecho a que ambos sean respetados.
La Cámara ya se había pronunciado en este caso en marzo de 2006: en aquella ocasión, también revocó el procesamiento, dictó la falta de mérito de la imputada y le ordenó a Servini de Cubría que investigue, con nuevas pericias, si las dolencias que sufría la mujer investigada justificaban la tenencia de la marihuana secuestrada. La Cámara consideró que Servini no había investigado lo suficiente y le pidió que dictara un nuevo fallo.
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